Aludiendo a un déficit normativo que ya han expresado respecto de otras instituciomes, en este capítulo, los investigadores de la Fundación Fueyo - UDP Carlos Pizarro e Iñigo de la Maza dedican el espacio a analizar esta defensa, remedio o excepción, que es aplicable no sólo en el ámbito judicial (como podría derivarse de su nombre), sino que también fuera de un proceso, durante la ejecución de un contrato. Negarse a cumplir las propias obligaciones mientras la contraparte no cumpla las suyas es una figura que tendría un origen canónico y que no surge del derecho romano. La base es mantener el equilibrio entre las partes o sinalagma contractual, consecuencia lógica de la interdependencia de las prestaciones.